Daños por agua: ¿puedes reclamar el parquet aunque tu seguro no cubra toda la reparación?

Una bajante comunitaria se atasca, el agua entra en tu vivienda y estropea parte del parquet. Al tramitar el siniestro descubres que tu seguro no cubre toda la reparación necesaria para que el suelo vuelva a tener un aspecto uniforme.

¿Tienes que asumir la diferencia?

No necesariamente. Cuando existe un tercero responsable, hay que distinguir entre la indemnización prevista en tu póliza y los daños que puedes reclamar a quien los ha causado.

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Illes Balears, de 16 de septiembre de 2026, permite entender esta diferencia.

El caso: un atasco comunitario y una reclamación de 7.668 euros

El propietario de una vivienda reclamó a su comunidad 7.668,12 euros por los daños ocasionados por un atasco en la bajante comunitaria.

El agua había salido por la bañera y el inodoro, afectando al pavimento del pasillo, una habitación y varias puertas.

El juzgado estimó la demanda. La comunidad recurrió cuestionando tanto el origen del siniestro como el importe reclamado, especialmente la reparación de zonas del parquet que no habían sufrido directamente la entrada de agua.

La Audiencia desestimó el recurso y confirmó la condena, con intereses y costas.

Daños directos y daños estéticos: ¿qué diferencia hay?

La sentencia distingue dos conceptos:

  • Daños directos: afectan a las piezas o superficies del parquet deterioradas físicamente por el agua.
  • Daños estéticos: aparecen cuando una reparación parcial deja diferencias perceptibles de material, tonalidad, formato, envejecimiento o acabado respecto del resto.

Imagina que el agua estropea una zona del suelo, pero ya no existe un recambio equivalente. Sustituir únicamente las piezas afectadas puede dejar un parche claramente visible.

En esas circunstancias, recuperar la uniformidad puede requerir intervenir en zonas que no se mojaron.

Eso no significa que cualquier daño dé derecho a cambiar todo el suelo de la vivienda. La extensión de la reparación debe estar justificada y no puede convertirse en una mejora injustificada a costa del responsable.

El límite de tu seguro no es el límite de responsabilidad de la comunidad

Este es el punto más interesante del caso.

La comunidad cuestionaba parte de la reclamación apoyándose en el alcance de la cobertura de daños estéticos del seguro del propietario.

La Audiencia rechazó ese argumento: la cobertura de aquella póliza regulaba la relación entre el propietario y su aseguradora, pero no determinaba la responsabilidad de la comunidad.

Por tanto, para discutir el importe, la comunidad debía cuestionar de forma fundada si los trabajos reclamados eran necesarios, si su valoración era correcta o si suponían un enriquecimiento injustificado.

Que una partida no estuviera cubierta por el seguro del perjudicado no bastaba para excluirla de la reclamación frente al responsable.

Por qué fue importante el informe pericial

El propietario aportó un informe pericial y un presupuesto de reparación.

El perito explicó que la salida de aguas fecales por dos puntos del baño era indicativa de un atasco comunitario. También señaló que la propia comunidad había encargado el desatasco.

La comunidad no presentó una pericial contradictoria que desvirtuara esas conclusiones.

La indemnización no se reconoció simplemente porque el propietario pidiera cambiar el parquet: existía documentación técnica que respaldaba el origen del siniestro y los daños reclamados.

Qué conviene documentar si te ocurre algo parecido

Como comprobación práctica, te recomendamos reunir:

  1. Fotografías y vídeos del agua, los desperfectos y las zonas afectadas.
  2. Comunicaciones con el administrador y la comunidad, para conservar constancia de la incidencia.
  3. El informe de la empresa que repare o desatasque la instalación, si puedes obtenerlo.
  4. Un presupuesto desglosado, separando la reparación del daño directo de los trabajos necesarios para recuperar la uniformidad.
  5. Una explicación técnica de las diferencias estéticas, especialmente si no existe material equivalente.

Si resulta necesario retirar materiales por higiene o para evitar que el daño aumente, procura documentar previamente su estado y coordinar la actuación con quienes intervengan en el siniestro.

Qué revisar en tu seguro de hogar

Este caso también invita a comprobar cómo está redactada tu cobertura de daños estéticos:

  • Qué capital máximo contempla.
  • A qué elementos se aplica.
  • Qué ámbito de reparación establece.
  • Qué exclusiones contiene.

Pide que te expliquen estas condiciones con ejemplos. Saber cómo respondería la póliza ante un suelo discontinuado o unas puertas que ya no se fabrican ayuda a entender la protección contratada.

Una reparación puede necesitar algo más que arreglar lo mojado

Esta sentencia muestra que los daños estéticos pueden formar parte del perjuicio indemnizable cuando están acreditados y su reparación resulta justificada.

También recuerda una diferencia esencial: la respuesta de tu seguro no siempre agota lo que puedes reclamar a quien causó el daño.

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Fuente: Audiencia Provincial de Illes Balears, Sección 4.ª, sentencia 586/2026, de 16 de septiembre. Recurso 754/2025. ROJ: SAP IB 2512/2026. ECLI:ES:APIB:2026:2512.

Artículo divulgativo basado en las circunstancias del caso. El alcance de cada reclamación depende del origen de los daños, su acreditación y las condiciones de los seguros implicados.

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